Visto el convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 07 de Junio de 2010, en el cual la ciudadana EIDY YADELSY SANCHEZ GRANADOS, manifestó que la dirección actual de ella y sus hijas es Avenida Alfredo Briceño Paredes, Conjunto Residencial Campo Claro, Residencias la Trinitarias, torre "C" Apartamento 7-2, Piso 7, Mérida estado Mérida. Rozón por la cual este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Se declara Incompetente en razón del territorio y DECLINA LA COMPETENCIA AL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, todo de conformidad con el Artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al que se acuerda remitir, el presente expediente Nº 3259-09, en que EIDY YADELSY SANCHEZ GRANADOS demanda a FERNANDO ANTONIO RODRIGUEZ RANGEL por Obligación de Manutención.....