PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara.
PRIMERO: La existencia del derecho de la parte actora Abogado OMAR ORLANDO RODRÍGUEZ JAIMES, actuando por Derecho propio y asistiendo a las Ciudadanas: VIRGINIA PORTILLA y MARÍA JOSEFA PORTILLA sobre el monto estimado en la presente demanda por cobro de honorarios profesionales, el cual equivale a la cantidad de CIENTO SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE (Bs. 106.999,00), contra el ciudadano WILFREDO LOVERA RODRÍGUEZ, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente sentencia.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del fallo por Secretaria, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala .....