Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de de Revisión (Aumento) de la Obligación de Manutención que formulara la Ciudadana: CARMEN HAIDEE AMAYA DE DUARTE, en contra del ciudadano: LUIS ALBERTO DUARTE RAMON, en beneficio de la niña (omissis) y la Adolescente (omissis).
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento de Obligación de Manutención la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00), fuera de los CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) que tenia fijados para un total de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) mensuales, en cuanto a la cuota extraordinaria del mes de Agosto se fija la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) adicionalmente a la cantidad señalada deberá entregar a la solicitante por cada uno de los beneficiarios los tickets c.....