Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Ofrecimiento de Obligación de Manutención que formulara el ciudadano: ROBERT ALI RAMIREZ COBOS, actuando en beneficio de (se omite el nombre) para ser aceptada por la Ciudadana: ANA MARIA GUERRA RODRIGUEZ.--------------------------------------------------
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Obligación de Manutención la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00), mensuales, así mismo se fija una cuota extraordinaria para el meses de Diciembre por la cantidad de SETENCIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00), aporte este fuera de la obligación mensual fijada, la cual deberá ser depositada por el padre en el mes correspondiente en una cuenta de ahorros que abrirá la madre en el Banco Bicentenario.....