Por cuanto se observa que se celebró Acto Conciliatorio, de obligación de Manutención en fecha, 15 de Abril de 2.011, entre los Ciudadanos: JOHNY JAVIER CASTRO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.744.117, y la Ciudadana: KELLY JOHANA EVILA CORDERO, Colombiana, Titular de la Cédula de Residente N° 84.198.201, actuando en beneficio de (omissis), y conforme con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las partes en pleno uso de sus facultades y en libre expresión de su voluntad, previa audiencia de presentación donde se informó a las partes en forma clara, usando un lenguaje adecuado y de fácil comprensión: la naturaleza del "Procedimiento para la conciliación", carácter voluntario, efectos legales, papel del conciliador, formas de cumplimiento de los acuerdos, efectos por cumplimiento, ventajas y desventajas para la resolución de conflictos. Todo en ambiente confidencial, escuchando con impar.....