Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Ciudadana ARCELIA BAUTISTA DURAN, quien manifestó: Que renuncio a continuar con la ejecución forzosa y la publicación de los carteles, a fin de solventar esta situación y estoy de acuerdo en recibir los bienes embargados en fecha 30 de octubre de 2008, según acto que corre agregada a los autos, para dar por pagada la deuda de diez mil bolívares ( Bs. 10.000°°) que tiene desde el mes de julio de 2006 y hasta el mes de septiembre de 2010 el ciudadano Licey Leonel Ramírez". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana LICEY LEONEL RAMIREZ RAMIREZ, quien manifestó: "Que me comprometo a seguir cumpliendo a partir del mes de octubre de 2010, las cuotas de la obligación de manutención acordadas en sentencia dictada por este Tribunal, depositando en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal". Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana .....