DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES DE LOS CIUDADANOS YOLI DEL CARMEN MARIN FLOREZ y FRANCISCO HERMOGENES GIRARDI GUTIÉRREZ, la primera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.918.642, y el segundo uruguayo, identificado con pasaporte de la República Oriental de Uruguay No. C 075905, e identificación No. 2534477-6. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 31 de octubre de 2009, por ante el Consejo Municipal de Cárdenas, hoy Registrador Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 48.-