DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos SILVINO GALAVIZ y ANA YLBA ROA DE GALAVIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.888.094 y V-4.633.841, respectivamente, en su orden, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, el día 05 de abril de 1.963, por ante la Prefectura del Municipio La Concordia del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, hoy el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según consta en acta de matrimonio Nº 170.