Ahora bien, por cuanto se observa de la transacción realizada, no obstante estar sentenciada la causa, que las partes mediante su acuerdo deciden poner fin al juicio; este Tribunal en aras de brindar una justicia accesible, sin dilaciones indebidas, sin formalismos, en razón de haberse producido la Resolución de la Litis; se acuerda:
¿ Levantar la medida decretada el 13 de junio de 2002 y practicada por el Juzgado Segundo ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, el 16 de julio de 2001, sobre cinco (05) acciones pertenecientes al ciudadano RAFAEL ANTONIO ESCALANTE, titular de la cédula de identidad N° V-9.227.654, que posee en la Sociedad Mercantil "J. BENICIO ESCALANTE C.A. (JOBESCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, bajo el N° 6, Tomo 50-A, de fecha 30-12-1987.
¿ Dejar sin efecto el oficio N° 615 de fecha 17-07-2002, librado por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas.
¿ Participar lo conducente al ciudadano Registrador Mercantil Terce.....