Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda de CUMPLMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRÓRROGA LEGAL, interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL R&P SOLUCIONES INMOBILIARIAS C.A., de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 13, Tomo 3-A, cuarto trimestre, de fecha 18 de Octubre de 1993, representada por su presidenta, ciudadana NELLY DEL ROSARIO RINCON DE ANGELUCCI, venezolana, hábil, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 5.641.704, en su carácter de ARRENDADORA, contra el ciudadano TEOFILO ERNESTO ZAMBRANO, venezolano, hábil, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 800.881, en su carácter de A.....