PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda instaurada por el ciudadano EROS AUGUSTO ANTONIOLLI MININ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.208.344, y de este domicilio, en su carácter de PROPIETARIO ¿ ARRENDADOR, contra la ciudadana ANGELA DIOCELINA BARBOZA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.231.620 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIA, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
SEGUNDO: RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO celebrado entre las partes, contenido en instrumento autenticado la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal, en fecha 29 de noviembre de 2005, anotado bajo el N° 46, tomo 287, de los libros de autenticaciones llevados por la Notaría.
TERCERO: SE CONDENA a la demandada ANGELA DIOCELINA BARBOZA GUERRERO, a hacer entrega al demandante EROS AUGUSTO ANTONIOLLI MININ, del inmueble arrendado consistente en un apartamento signado con el Nº 1-7, piso 1, del Conjunto Residencial.....