TERCERO: Ahora bien, tomando en consideración las normas transcritas, esta operadora de justicia, al evidenciar de las actas procesales, que el accidente de tránsito a ser controvertido en este proceso ocurrió en jurisdicción del Municipio Junín del estado Táchira, donde existe un Juzgado de igual categoría a este, es por lo que, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer del presente procedimiento en razón del territorio, en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y así se decide.
Remítase el presente expediente al Juzgado sobre el cual fue declinada la competencia.
Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, a los fines de darle cumpl.....