Recibido por distribución escrito constante de DOS (02) folios útiles y recaudos en CINCO (05) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: NATANAEL SIABATTO MORALES Y MARTA SOFIA PAZ RIVERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.776.342 y N° V-17.613.150 respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado JESUS ALCIDES VASQUEZ PUENTES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.960. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: NATANAEL SIABATTO MORALES Y MARTA SOFIA PAZ RIVERA ya identificados. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 196 del Códi.....