Vista la diligencia presentada en fecha 24 del presente mes y año, por el abogado ABELARDO RAMIREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 74.441, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante INVERSIONES LOVERA C.A. y el ciudadano ANTONIO RODRÍGUEZ ALBAN, titular de la cédula de identidad No.E-81.641.856, en su carácter de demandado, asistido por el abogado CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ ROSALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.136.877, que corre al folio 147, en el expediente No.11.540-08; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, al acto de composición voluntaria, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, para lo cual se autoriza amplia y suficiente al Alguacil de este Despacho conforme lo establece el articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; y a.....