Por todas las razones de hecho y de derecho explanadas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la acción de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuesta por la Sociedad Mercantil "CARBONES DE SUROESTE, C.A." (CARBOSUROESTE), contra la Empresa Mercantil "INVERSORA CASMO, C.A", (CASMOCA), y la Empresa Mercantil "SEGUROS LOS ANDES, C.A."; todas suficientemente identificadas en esta Sentencia, en consecuencia, condena en costas a la parte demandante conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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