Visto el convenimiento efectuado en de fecha 18 de enero de 2.011 por la parte demandada ciudadano ELKIN ALONSO CANO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad , titular de la cedula de identidad N° 15.419.300, asistido por el abogado en ejercicio LUIS RAFAEL PEREIRA ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.146, según consta en documento autenticado en la Notaria Pública de Guacara, Municipio Guacara del estado Carabobo, inserto bajo el N° 29, Tomo 7, hoja de seguridad N° A834057, de los libros respectivos, inserto en los folios Treinta (30) al Treinta y cuatro (34), y aceptado como fue el mismo por la abogada ZULEIKA COROMOTO HUNG FUENMAYOR, titular de la cedula de identidad N° V-9.114.431, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 24.435, en su condición de apoderada judicial, sociedad mercantil, BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL C.A., domiciliado en Caracas, Distrito Capital, inscrito en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, el 18 de Dici.....