PRIMERO: Inadmisible la demanda de Inadmisible la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRÓRROGA LEGAL, interpuesta por interpuesta por GLORIA FIALLO PEREZ y GIUSEPPE MATTEO RIVELLESE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.996.656 y V-3.666.783, respectivamente, domiciliados en el Área Metropolitana de Caracas, a través de sus apoderadas judiciales abogadas en ejercicio GABRIELA ISABEL TORRES HENAO y YAMILE VILLABONA ROMERO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.018.505 y V-10.175.997, respectivamente, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 117.991 y 70.053, en su orden, en contra de la sociedad mercantil COMERCIAL IVREA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 35, tomo II, de fecha 15 de marzo de 1976, representada por su presidente, ciudadano ALFREDO CREMONINI, venezolano, mayor de edad, titular de la.....