Por los razonamientos ya expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, interpuesta por los ciudadanos RAÚL DARIO COLMENARES MEDINA y MARÍA DEL CARMEN JAIMES DE COLMENARES, contra el ciudadano WILLIAM JOSÉ CASTRO VÁSQUEZ, los tres suficientemente identificados en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA a la demandada en lo siguiente:
PRIMERO: DESALOJAR y HACER ENTREGA a los demandantes del inmueble arrendado, ubicado en el Barrio Marco Tulio Rangel, calle Principal, N° 07, La Concordia, San Cristóbal, estado Táchira.
SEGUNDO: PAGAR la suma de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 1.950,00) por concepto de cánones de arrendamiento insolutos desde el mes de noviembre de 2008 hasta el mes de noviembre de 2009, cada uno a razón de CIENTO CINCUENTA.....