Por todas las razones de hecho y de derecho explanadas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la acción de COBRO DE BOLÍVARES VÍA EJECUTIVA, interpuesta por la JUNTA DIRECTIVA DEL CONDOMINIO DEL CENTRO CÍVICO DE SAN CRISTÓBAL, a través de su Apoderado Judicial, abogado ANGEL A. MARRERO LEÓN, contra la Empresa INGENIERIA TRES A, C.A., representada por su Presidente OMAR ALFONSO ARDILA RUBIO, todos suficientemente identificados en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA a la parte accionada en lo siguiente:
PRIMERO: PAGAR la cantidad de TRES MILLONES TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 3.037.310,61), por concepto de monto adeudado, correspondiente a la sumatoria de las cuotas de condominio insolutas desde el mes de de mayo de 1.....