Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: LA CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos JORGE LUIS BLANCO BONILLA y LORENA LISBETH BONILLA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-15.394.962 y V-17.930.224, en su orden, de este domicilio, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que les une en virtud del matrimonio que contrajeron en fecha veintidós (22) de diciembre del año dos mil seis (2006) por ante el Registro Civil del Municipio Independencia del estado Táchira, plasmado en Acta de Matrimonio Inserción No. 11 del año 2006, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por el Registro Civil del Municipio Independencia y por el Registro Civil Principal ambos del estado T.....