Vista la diligencia presentada en fecha 04 de noviembre de 2011, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, por el abogado LUIS ENRIQUE GOMEZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.304, quien actúa con el carácter de endosatario en procuración de la parte actora, ciudadano ORLANDO MARTINEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.645.525, mediante la cual informa que la parte demandada, ciudadano MIGUEL EMILIO HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.097.807 y de este domicilio, canceló la totalidad de la deuda a su representado, y por cuanto el mismo equivale a un desistimiento de la demanda, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proced.....