Con vista a la diligencia de fecha 12 de diciembre de 2006, suscrita por la ciudadana NELLY DEL ROSARIO RINCÓN, actuando con el carácter de Presidente de la demandante, Sociedad Mercantil R & P SOLUCIONES INMOBILIARIAS C.A, asistida por el abogado JOSÉ MORA MURZI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.186, y la Transacción celebrada entre la diligenciante y el co-demandado, ciudadano NESTOR ENRIQUE GARZON JAIMES, titular de la cédula de identidad N° 10.159.432, asistido por la abogada en ejercicio DORIANY SÁNCHEZ QUINTO, inserta a los folios 18 y 19; esta Juzgadora una vez revisada la mencionada transacción, observando que no es contraria a derecho, actúa de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En tal virtud, conforme a lo solicitado por la parte demandante, se da por terminado el juicio, en consecuencia procédase al archivo .....