Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana BELKYS ZULAY ROMERO IBARRA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.22.642.816, de este domicilio, contra la empresa CONFECCIONES KAMIKAZE C.A., en la persona del representante JOSE FRANCISCO PADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.9.990.550, de este domicilio, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.
SE CONDENA a la Parte Demandada, al pago de la cantidad de CINCO MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs.5.209.547,20), por los conceptos de PREAVISO; ANTIGÜEDAD; VACACIONES CUMPLIDAS; VACACIONES FRACCIONADAS; BONO VACACIONAL; UTILIDADES; UTILIDADES FRACCIONADAS .....