Visto el convenimiento celebrado en fecha 14/04/2014, por la parte demandada ciudadano JOSÉ ALFONSO MURILLO OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.239.533, asistido por la abogada en ejercicio XIOMARA ESPINOZA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.669.697, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.684, mediante el cual conviene en todas y cada una de sus partes la presente acción, reconociendo tanto la firma como el contenido del instrumento fundamental de la presente acción, inserto a los folios cuatro (4) y cinco (5), este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio, procédase al archivo del expediente, Déjese copia certificada del presente auto para el archivo .....