PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la demandada, ciudadano LUIS ADELMO DÍAZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.640.833 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana CLOTILDE TORRES ARCINIEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.212.331 y de este domicilio, en su carácter de PROPIETARIA ¿ ARRENDADORA, contra el ciudadano LUIS ADELMO DÍAZ CASTRO, en su carácter de ARRENDATARIO, por DESALOJO.
TERCERO: SE CONDENA al demandado LUIS ADELMO DÍAZ CASTRO, a hacer entrega a la demandante CLOTILDE TORRES ARCINIEGAS, del inmueble arrendado, y consecuencialmente para que entregue el inmueble arrendado, ubicado en la calle 1, bis B, Nº 3-37, Barrio Santa Teresa, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, desocupado de personas y bienes en el mismo estado de conservación y mantenimiento en que lo recibió, pintado y solvente en los servicios púb.....