Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana ANA RITA RIVAS DE PUCACCO, contra el ciudadano JESÚS JOSÉ RAMÍREZ BARCO, ambos suficientemente identificados en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA a la parte demandada en lo siguiente:
PRIMERO: DESALOJAR el inmueble arrendado, constituido por un local comercial, ubicado en la calle 18, entre carreras 11 y 12, distinguido con el N° 11-32, Parroquia Pedro María Morantes, San Cristóbal, Estado Táchira ubicado en la Avenida Lucio Oquendo, carrera 01, N° A-27, Parroquia La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, y entregarlo en las mismas condiciones en que lo recibió.
SEGUNDO: PAGAR la suma de DOS.....