Recibido por distribución constante de UN (01) folio útil y DIEZ (10) folios útiles los recaudos. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por la ciudadana CARMEN ZULAY SÁNCHEZ MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.125.188, de este domicilio, asistida por la abogada GISELA COROMOTO SÁNCHEZ PRIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.230.580, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 125.850, de este domicilio; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana CARMEN ZULAY SÁNCHEZ MONCADA, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada .....