En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la demanda de COBRO DE BOLÍVARES TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuesta por la sociedad mercantil FINANCIAUTO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, bajo el N° 25, tomo 2-A, de fecha 09/04/1991, originalmente con la denominación social de INVERSORA LA LAGUNITA C.A., y modificada por FINANCIAUTO C.A., a través de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio SERGIO ROLANDO SANCHEZ BORRERO y ANA ROSA PAZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.211.893 y V-10.161.864, respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 59.234 y 63.378, en su orden, en contra del ciudadano FREDDY GUST.....