Visto el desistimiento al procedimiento, realizado en fecha 07 de diciembre del año en curso, por la abogada en ejercicio VANESSA NOHEMI GÓMEZ PEREIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 122.829, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la demandante, ciudadana VIDA MAZUERA DE KHALI, titular de la cédula de identidad N° v- 11.838.433; esta Juzgadora una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo ordena el desglose de los anexos acompañados a la presente demanda, dejando en su lugar la correspondiente copia fotostática certificada. Para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano Alguacil Temporal de este Despacho, ciudadano LUIS ORLANDO VEGAS, titular de la cédula de identidad N° V- 13.03.....