Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos CARLOS ALBERTO RAMIREZ GARCIA y BLANCA CELINA PEÑA DE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-6.525.455, V-5.021.929, en su orden; contraído en fecha veintitrés (23) de diciembre del año 1982, por ante la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal ahora Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; acto que reposa en Acta de Matrimonio N° 452 del año 1982 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira y por el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Ofíciese lo conducente al Re.....