Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRÓRROGA LEGAL, interpuesta por la ciudadana CARMEN ALICIA CHACÓN ALVIAREZ, actuando en nombre propio y como apoderada de los ciudadanos JOSÉ DOLORES CHACÓN GUERRERO, AURA ELENA CHACÓN ALVIAREZ, JOSÉ GONZALO CHACÓN ALVIAREZ, LUIS ALBERTO CHACÓN ALVIAREZ, JOSEFA MARÍA CHACÓN ALVIAREZ, ANA VICTORIA CHACÓN DE PERNÍA, SANTIAGO CHACÓN ALVIAREZ, JOSÉ AGUSTIN CHACÓN ALVIAREZ, CANDIDA ROSA CHACÓN DE RODRÍGUEZ, EZEQUIEL OMAR CHACÓN ALVIAREZ y NELSÓN RAMÓN CHACÓN ALVIAREZ, a través de sus Apoderados Judiciales, abogados ENDERSON CEBALLOS MÁRQUEZ y CARLOS JULIO PERNÍA DUQUE contra el ciudadano NESTOR JOSÉ ALVÍAREZ CHACÓN, todos s.....