Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha 05 del presente mes y año, corriente al folio 68 del expediente No.12.246-10; entre la abogada MARISELA DEL CARMEN ORRAIZ DE SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.211.775, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.895, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana BARBARA ZAMBRANO VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.644.618; y el abogado CIRO LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.075.911, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.14.201, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana ANA ILSE LOPEZ THEUERKAUF, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.247.184; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, l.....