Recibido por distribución escrito constante de OCHO (08) folios útiles y TREINTA (30) folios útiles los recaudos, presentados por los ciudadanos ANIE NATALY RODRÍGUEZ RODRIGUEZ y ALONSO JOSE PINTO SAAVEDRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-17.932.224 y V-15.180.292, en su orden, de este domicilio, asistidos por la abogada ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.338.925, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.124. Fórmese, expediente, Inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos ANIE NATALY RODRÍGUEZ RODRIGUEZ y ALONSO JOSE PINTO SAAVEDRA, ya identificados. En consec.....