Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos EVELIO JOSE ROMERO MONTERO y ANDREINA COROMOTO PEREIRA MANRIQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de identidad No. V-16.109.419 y V-17.109.309, en su orden, de este domicilio, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Amenodoro Rangel Lamus, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, el día veinticuatro (24) de diciembre del año 2.004, plasmado en Acta de Matrimonio No.055 del año 2.004, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por el Registro Civil del Municipio Cárdenas y por el Registro Civil Principal, ambos del Estado Táchira.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil del Municipio Cárdenas y al Registro Civil Princ.....