Recibido por distribución, escrito constante de DOS (02) folios útiles y recaudos en DIECISIETE (17) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: GIOVANNY ARCINIEGAS MARQUEZ Y EDDY GABRIELA ROA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-16.778.745 y N° V-17.107.142, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado SERGIO BALLESTEROS, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.338. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: GIOVANNY ARCINIEGAS MARQUEZ y EDDY GABRIELA ROA SANCHEZ, ya identificados. En consecuencia de conformidad con lo establecido en.....