DECLARA: 1º: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, interpuesta por el Ciudadano JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ QUIJADA, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad número V.-10.293.086, en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL DEPORTIVO TÁCHIRA FUTBOL CLUB, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. 2°: SE ORDENA a la ASOCIACIÓN CIVIL DEPORTIVO TÁCHIRA FUTBOL CLUB a cancelar al Ciudadano JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ QUIJADA, la cantidad de de QUINCE MIL CUARENTA Y NUEVE DÓLARES AMERICANOS CON TRES CENTAVOS DE DÓLAR ($ 15.049,03), así como los intereses moratorios. 3: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por la naturaleza del fallo.
Notifíquese mediante oficio al Procurador General del Estado Táchira de la presente decisión mediante Oficio.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Inst.....