Ambas partes, de mutuo acuerdo, deciden en este acto ponerle fin al proceso, mediante un acuerdo de pago por la cantidad total de Bs. 10 000 000 00, los cuales serán pagados en su totalidad para el día miércoles, 21 de febrero del año 2018. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordenara la remisión del expediente al Juzgado Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución una vez transcurrido el lapso para apelar del contenido de la presente acta. Se deja copia de la presente acta para los archivos del Tribunal.