PRIMERO: Antigüedad (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo): 1) Desde el 17/01/2006 al 17/01/2007, 45 días x Bs. 20,50 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 922,50. 2) Desde el 17/01/2007 al 17/01/2008, 62 días x Bs. 23,56 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 1.460,72. 3) Desde el 17/01/2008 al 25/06/2008, 25 días x Bs. 26,64 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 666,00. Total Bs. 3.049,22
SEGUNDO: Vacaciones fraccionadas (Cláusula 21 Convención Colectiva de Trabajo para la Industria del Calzado): 1) Desde el 17/01/2008 al 25/06/2008, 24.16 días x Bs. 26,64 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 643,62.
TERCERO: Utilidades fraccionadas (Cláusula 24 Convención Colectiva de Trabajo para la Industria del Calzado): 1) Desde el 17/01/2008 al 25/06/2008, 25 días x Bs. 26,64 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 666,00.
CUARTO: Indemnización por Despido Injustificado (Art. 125 Ley Orgánica del Trabajo): 1) numeral 2°, 60 días x Bs. 26,64 = Bs. 1.598,40. 2) Literal d,.....