PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de DIEZ MIL CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 10.049,44), suma que constituye la diferencia pendiente a favor de los accionantes, por los conceptos reclamados derivados de la terminación de la relación laboral que existió entre las partes y que la parte demandada se compromete a pagar así: Al Ciudadano WILLIAN JOSÉ MALDONADO MÉNDEZ, le corresponde la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 7.572,54), que le serán pagados en dos partes iguales por la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (Bs. 3.786,27), el primer pago será efectuado el día 30 de septiembre de 2010 y el segundo y último pago el día 29 de octubre de 2010. Al Ciudadano RICHARD JULIO GARCÍA GIL, le corresponde la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. 2.476,90) que.....