PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CIENTO SETENTA Y TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 173.000,00), cantidad que comprende todos los conceptos demandados en la presente causa, la antigüedad del trabajador, por cuanto las partes han decidido de común acuerdo dar por terminada la relación laboral, así mismo la parte demandada asume la obligación de pagar las cotizaciones del Seguro Social Obligatorio y del FAOV desde el 26-04-2004 hasta hoy 19-07-2013, cantidad que la parte demandada paga en este mismo acto a través de los cheques n° 00001251 y 00001275 de la cuenta corriente de Alfarería Doña Flor C.A n° 0108 0128 18 0100168096 del Banco Provincial a nombre de Edgar Alexander Pérez Urbina, de fecha 19-07-2013 por las cantidades de Bs. 51.900,00 y Bs. 121.100,00 respectivamente. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez d.....