Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República y por autoridad de la ley, ordena la reposición de la causa al estado de la admisión de la demanda, quedando nulas todas las actuaciones posteriores del Juez y de las partes.