PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 36.200,63), suma que constituye la diferencia pendiente a favor del accionante por los conceptos reclamados en la demanda y que la parte demandada paga en este mismo acto de la siguiente forma: Al Ciudadano JOSÉ ANTONIO ESCALANTE ZAMBRANO, le corresponde la cantidad de VEINTINUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 29.000,00) que le es pagada mediante dos cheques, uno de ellos del Banco de Venezuela N° S-92 84001428 de la Cuenta Corriente N° 0102-0219-12-0001017160 de fecha 14-06-2010 por la cantidad de Bs. 20.000,00, y el otro cheque del Banco Provincial N° 00023287 de la Cuenta N° 0108-0365-91-0100002480 de fecha 14-06-2010 por la cantidad de Bs. 9.000,00. Así mismo, los honorarios profesionales de los Abogados LUIS FRANCISCO INDRIAGO ACOSTA y SERGIO ANIBAL SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, son pagados por la parte demandada, los cuales ascienden a la.....