PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES (Bs. 12.669,00), cantidad que comprende la diferencia pendiente a favor de la demandante, por los conceptos reclamados en la demanda derivados de la relación laboral que vinculó a las partes y que la parte demandada se compromete a pagar así: la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00) el día 17 de febrero de 2014 y la cantidad restante, es decir, SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES (Bs. 7.669,00) en dos cuotas iguales por la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 3.834,50), la primera el día 03 de marzo de 2014 y la última el día 17 de marzo de 2014, pagos que serán efectuados por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado .....