PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 5.000,00), suma que constituye la diferencia pendiente a favor de la accionante, por los conceptos reclamados derivados de la terminación de la relación laboral que existió entre las partes y que la parte demandada se compromete a pagar en cinco cuotas iguales y consecutivas por la cantidad de UN MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 1.000,00) cada una. El primer pago será efectuado el día 31 de julio de 2009; el segundo pago para el día 31 de agosto de 2009, el tercer pago para el día 30 de septiembre de 2009; el cuarto pago para el día 30 de octubre de 2009 y el quinto y último pago para el día 30 de noviembre de 2009, pagos que serán efectuados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Coordinación Laboral a excepción del pago fijado para el día 31 de agosto de 2009 que será efectuado por ante el Ministerio del Trabajo debido a las va.....