este JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD de la demanda intentada por el Ciudadano ARGENIS HEBERTO MORA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 3.510.681, asistido por el Profesional del Derecho MÁXIMO RÍOS FERNÁNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.807, contra la Empresa Mercantil TRANSPORTE RODRÍGUEZ NEIRA S.R.L, representada por su Director, el Ciudadano ELIO DEL CARMEN RODRÍGUEZ NEIRA C.A, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los once (11) días del mes de febrero de dos.....