Habiéndose celebrado la audiencia preliminar el día primero (01) de noviembre de 2021, a las 9:00 a.m. reservándose este Tribunal cinco (05) días de despacho siguientes a la celebración de la audiencia preliminar, en virtud de lo extenso del libelo de la demanda y a las fallas eléctricas, declarada con lugar como fue el día 01 de noviembre de 2021, por este Juzgado, la admisión de los hechos, pasa en este acto a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana DULCE LEONOR PORRAS, con cédula de identidad N° V.-5.684.455, contra la entidad de trabajo DELSUR BANCO UNIVERSAL, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
Es así como la parte demandada está siendo condenada al pago de los siguientes conceptos ;PRIMERO: ANTIGUEDAD,SEGUNDO: VACACIONES VENCIDAS Y NO DISFRUTADAS PERIODOS 2001 AL 2020,TERCERO: VACACIONES FRACCIONADAS PERIODO AÑO 2020-2021,CUARTO: BONOS VACACIONALES .....