DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano JESÚS JOVANNY MORENO CHACÓN, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 15.862.398, contra el Ciudadano JOSÉ SIMEÓN PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 6.845.161 propietario del Fondo de Comercio POLLO EN BRASA JÁUREGUI EL SEBORUQUERO, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SIETE CÉNTIMOS (Bs. 16.446,07).