este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a la ciudadana ELVIA VILLAMIZAR DE REYES, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V.-1.186.874, en su carácter de madre de la ciudadana FILOMENA GRANDOS VILLAMIZAR, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.592.818, el carácter de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.