este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos ANA MIREYA GARCÍA de GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.812.297, domiciliada en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, ÁNGEL ENRIQUE, ROSA ISABEL, MARÍA MERCEDES GUERRERO SÁNCHEZ; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.330.286, 5.346.950 y 9.126.448 en su orden, domiciliados en Valera, Estado Trujillo, LUIS ARMANDO, JOSÉ EDUARDO, JESÚS EMIRO, GLORIA ELAJERMA GUERRERO SÁNCHEZ, JINMAN EDUARDO GUERRERO PÉREZ, NORIS JUDITH GUERRERO de ESTEVAN, ANA YOLEISA y ENAYE CAROLINA GUERRERO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.095.430, 5.346.283, 9.124.649, 9.355.878, 13.763.546, 9.336.088, 15.433.992 y 15.862.419, respectivamente, domiciliados en La Grita, Municipio.....