este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos ANA FRANCISCA MARQUEZ DE MELENDEZ, MARCOS MARQUEZ y NICASIO DEPABLOS por representación de la fallecida ciudadana ANASTACIA MARQUEZ DEPABLOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-3.078.247, V-1.526.613 y V-1.520.246, con domicilios en Guanare y Caracas respectivamente, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ciudadana DORALISA MARQUEZ DE CORREA, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad N° 3.079.986, en su carácter de hermanos legítimos de la causante los dos primeros, y el tercero en su carácter de cónyuge de la fallecida ANASTACIA MARQUEZ DEPABLOS (hija legítima de la causante). Por .....